{"id":664,"date":"2022-08-09T11:25:07","date_gmt":"2022-08-09T14:25:07","guid":{"rendered":"http:\/\/menendez.ar\/?p=664"},"modified":"2023-02-02T23:04:19","modified_gmt":"2023-02-03T02:04:19","slug":"1812-viva-la-pepa","status":"publish","type":"post","link":"http:\/\/menendez.ar\/index.php\/2022\/08\/09\/1812-viva-la-pepa\/","title":{"rendered":"1812 \u00a1VIVA LA PEPA!"},"content":{"rendered":"\n<p>\u00a1viva la pepa! 1812, las cortes de c\u00e1diz y la primera constituci\u00f3n espa\u00f1ola<br>Con casi toda la Pen\u00ednsula ocupada por Napole\u00f3n, y bajo las bombas de los franceses, se celebraron en C\u00e1diz unas Cortes destinadas a cambiar el rumbo de la historia de Espa\u00f1a<br>Napole\u00f3n<\/p>\n\n\n\n<p>Monarqu\u00eda<\/p>\n\n\n\n<p>Borbones<br>Guardar<br>\u00a1Viva la Pepa!<br>\u00ab\u00a1Viva la Pepa!\u00bb Este \u00f3leo de Salvador Viniegra, pintado en 1912, recrea el momento en que las Cortes de C\u00e1diz promulgan la Constituci\u00f3n de 1812. Museo Hist\u00f3rico Municipal, C\u00e1diz.<\/p>\n\n\n\n<p>Foto: Gtres<br>Actualizado a 19 de marzo de 2021 \u00b7 13:08 \u00b7 Lectura: 11 min<\/p>\n\n\n\n<p>alas nueve de la ma\u00f1ana del 24 de septiembre de 1810, un centenar de diputados, en representaci\u00f3n de todas las ciudades y provincias de Espa\u00f1a, se congregaron en el ayuntamiento de la Isla de Le\u00f3n (la actual ciudad de San Fernando, adyacente a C\u00e1diz). Salieron en comitiva hasta la iglesia parroquial, donde el cardenal arzobispo de Toledo, Luis de Borb\u00f3n, celebr\u00f3 una misa. Acto seguido, se pregunt\u00f3 a cada uno de los diputados: \u00ab\u00bfJur\u00e1is la santa religi\u00f3n cat\u00f3lica apost\u00f3lica romana sin admitir otra alguna en estos reinos? \u00bfJur\u00e1is conservar en su integridad la naci\u00f3n espa\u00f1ola y no omitir medio alguno para libertarla de sus injustos opresores? \u00bfJur\u00e1is desempe\u00f1ar fiel y legalmente el encargo que la naci\u00f3n ha puesto a vuestro cuidado, guardando las leyes de Espa\u00f1a, sin perjuicio de alterar, moderar y variar aquellas que exigiese el bien de la naci\u00f3n? Si as\u00ed lo hiciereis, Dios os lo premie, y si no, os lo demande\u00bb.<\/p>\n\n\n\n<p>Est\u00e1s a un clic de conocer la historia mejor que nadie.SABER M\u00c1S<br>Todos los diputados presentes juraron afirmativamente, a pesar de alg\u00fan t\u00edmido reparo planteado previamente a la ceremonia. Acabados los actos religiosos, los regentes y los diputados se trasladaron al sal\u00f3n de Cortes, situado en el teatro C\u00f3mico de la Isla de Le\u00f3n. El presidente del Consejo de Regencia pronunci\u00f3 un breve discurso; as\u00ed quedaban inauguradas las Cortes generales y extraordinarias, la asamblea que pasar\u00eda a la historia con el nombre de Cortes de C\u00e1diz.<\/p>\n\n\n\n<p>Constituci\u00f3n de la Pepa. C\u00e1diz, 1812<br>1810 &#8211; Reuni\u00f3n de las Cortes Extraordinarias en la Isla de Le\u00f3n. Se forma una comisi\u00f3n para preparar el proyecto de Constituci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>1811 &#8211; Las cortes se trasladan a C\u00e1diz desde la Isla de Le\u00f3n. El 6 de agosto se aprueba el decreto por el que es abolido el r\u00e9gimen se\u00f1orial.<\/p>\n\n\n\n<p>1812 &#8211; El 19 de marzo se promulga la Constituci\u00f3n. Se aprueba el decreto sobre la formaci\u00f3n de ayuntamientos y diputaciones provinciales.<\/p>\n\n\n\n<p>1813- Se publica el decreto por el que el Tribunal de la Inquisici\u00f3n es declarado incompatible con la constituci\u00f3n aprobada en el a\u00f1o 1812.<\/p>\n\n\n\n<p>1814- Traslado de las Cortes a Madrid. Fernando VII regresa a Espa\u00f1a y decreta la supresi\u00f3n de todo lo aprobado por las Cortes, que son disueltas.<\/p>\n\n\n\n<p>Foto: Gtres<br>El mismo 24 de septiembre, las Cortes aprobaron su primer decreto, en el que los diputados se proclamaban representantes de la naci\u00f3n espa\u00f1ola y afirmaban que en ellos resid\u00eda la soberan\u00eda nacional, reserv\u00e1ndose el poder legislativo en toda su extensi\u00f3n. Era una decisi\u00f3n revolucionaria, con la que las Cortes despojaban al monarca de su poder absoluto y sentaban las bases de un r\u00e9gimen constitucional, el primero de la historia de Espa\u00f1a. Todo hab\u00eda comenzado dos a\u00f1os antes, en 1808, con la entrada en la Pen\u00ednsula de los ej\u00e9rcitos de Napole\u00f3n, emperador de Francia. La invasi\u00f3n inesperada provoc\u00f3 un verdadero colapso de las estructuras del r\u00e9gimen absolutista; todo el entramado pol\u00edtico de la monarqu\u00eda borb\u00f3nica se vino abajo, empezando por el rey, Fernando VII, que se encontraba retenido en Francia por Bonaparte.<\/p>\n\n\n\n<p>En esta situaci\u00f3n de vac\u00edo de poder, mientras se produc\u00edan los primeros enfrentamientos entre los soldados franceses y la gente del pa\u00eds, se formaron de manera casi inmediata juntas de gobierno, locales y provinciales, que se organizaron, a su vez, en juntas supremas (regionales). En septiembre de 1808 se cre\u00f3 la Junta Central, integrada por treinta y seis vocales de las juntas provinciales. Se instal\u00f3 en Aranjuez, pero, en diciembre de aquel a\u00f1o, ante el avance de las tropas de Napole\u00f3n, se retir\u00f3 a Sevilla.<\/p>\n\n\n\n<p>Constituci\u00f3n de la Pepa. C\u00e1diz, 1812<br>Aunque algunos diputados de C\u00e1diz afirmaban que la constituci\u00f3n de C\u00e1diz era un retorno a las libertades de la Espa\u00f1a medieval, aplastadas por el absolutismo desde el siglo XVI, en realidad su principal fuente de inspiraci\u00f3n fue la Constituci\u00f3n francesa de 1791. Los postulados de la Constituci\u00f3n de 1812 fueron, por ello, muy radicales para la \u00e9poca, en particular el de atribuir el poder legislativo a una asamblea nacional, excluyendo todo senado aristocr\u00e1tico y limitando el poder real de veto.<\/p>\n\n\n\n<p>Foto: Gtres<br>SE CONSTITUYEN LAS CORTES<br>Ante la ausencia de Fernando VII, los espa\u00f1oles, a trav\u00e9s de todo este sistema de juntas, se hab\u00edan dado un gobierno con la misi\u00f3n de coordinar la resistencia contra los franceses. Para algunos se trataba de una situaci\u00f3n de emergencia y todas las juntas ten\u00edan car\u00e1cter provisional mientras el rey no pudiera volver a Espa\u00f1a y recuperar su pleno poder. Pero otros pensaban que aquella era una oportunidad para crear un nuevo sistema de gobierno, m\u00e1s justo y m\u00e1s representativo que el r\u00e9gimen absolutista de los reyes borb\u00f3nicos. So\u00f1aban con aprovechar la guerra contra Napole\u00f3n para hacer en Espa\u00f1a una revoluci\u00f3n pol\u00edtica como la francesa de 1789. Fue as\u00ed como surgi\u00f3 la reivindicaci\u00f3n de convocar las Cortes.<\/p>\n\n\n\n<p>Las Cortes aprobaban leyes y a veces se enfrentaban al poder de rey. Sin embargo, desde el siglo XVI hab\u00edan entrado en franco declive como consecuencia del afianzamiento del poder absoluto de los monarcas, y en el siglo XVIII o hab\u00edan desaparecido o se convocaban en ocasiones muy contadas. Ahora, muchas voces se alzaban para exigir que se restablecieran aquellas Cortes con todas sus prerrogativas. Aunque, en realidad, m\u00e1s que resucitar una instituci\u00f3n medieval lo que quer\u00edan era crear una asamblea nacional que asumiera toda la soberan\u00eda, como hab\u00eda sucedido en Francia en 1789.<\/p>\n\n\n\n<p>La instituci\u00f3n de las Cortes se remontaba a la Edad Media, cuando en cada uno de los reinos de la Pen\u00ednsula exist\u00edan asambleas en las que estaban representados los tres estamentos de la sociedad: el clero, la nobleza y las ciudades.<\/p>\n\n\n\n<p>En abril de 1809, un miembro de la Junta Central, Lorenzo Calvo de Rozas,propuso formalmente convocar las Cortes, con el objetivo de establecer una \u00abConstituci\u00f3n bien ordenada\u00bb. Los defensores del absolutismo recelaban de la iniciativa, dado que se pretend\u00eda convocar unas Cortes en ausencia del monarca, algo sin precedentes, mientras que los liberales esperaban que la asamblea sirviera para introducir las reformas que necesitaba el pa\u00eds y cambiar as\u00ed el rumbo de la historia de Espa\u00f1a. El 22 de mayo de 1809, la Junta Central aprob\u00f3 la propuesta de Calvo de Rozas y durante los meses siguientes debati\u00f3 cu\u00e1l deb\u00eda ser el sistema de elecci\u00f3n de los diputados.<\/p>\n\n\n\n<p>LIBERALES Y ABSOLUTISTAS<br>En enero de 1810, los acontecimientos se precipitaron. Invadida Andaluc\u00eda por los franceses y con el ej\u00e9rcito espa\u00f1ol disperso y en retirada, la Junta Central abandon\u00f3 Sevilla y se traslad\u00f3 a la Isla de Le\u00f3n, que enseguida se convertir\u00eda en baluarte de la resistencia espa\u00f1ola contra el invasor. All\u00ed, los poderes de la Junta fueron traspasados a un Consejo de Regencia, que asumi\u00f3, no sin reticencias, la convocatoria de Cortes tal y como estaba planteada. La apertura de la asamblea tuvo lugar finalmente en septiembre de 1810, en el teatro C\u00f3mico de la Isla de Le\u00f3n. En esos momentos, C\u00e1diz padec\u00eda una epidemia, quiz\u00e1 de tifus, que no fue a mayores; pasado el peligro, desde enero de 1811, las Cortes se trasladaron a C\u00e1diz y se instalaron en la iglesia de San Felipe Neri.<\/p>\n\n\n\n<p>El n\u00famero de diputados que asistieron a las Cortes de C\u00e1diz fue variable: en la sesi\u00f3n inaugural hubo unos cien, 185 firmaron la Constituci\u00f3n y 223 se encontraban en la sesi\u00f3n de clausura de las Cortes Extraordinarias. Proced\u00edan de toda Espa\u00f1a y hasta de Am\u00e9rica, pues las Cortes pretendieron dar los mismos derechos a los espa\u00f1oles del Nuevo Mundo; eso s\u00ed, ante las dificultades para la elecci\u00f3n o el traslado de los elegidos a Andaluc\u00eda, muchos fueron sustituidos por naturales de sus provincias que en aquellos momentos se encontraban en C\u00e1diz. La mayor\u00eda eran eclesi\u00e1sticos, abogados y funcionarios.<\/p>\n\n\n\n<p>Monumento a las Cortes de C\u00e1diz<br>Fruto del Arquitecto Modesto L\u00f3pez Otero y del escultor Aniceto Marinas, en la plaza de Espa\u00f1a de la capital gaditana se encuentra este monumento conmemorativo de la Constituci\u00f3n de 1812 y el sitio franc\u00e9s a la ciudad de C\u00e1diz. En representaci\u00f3n de la ausencia del monarca, gobierna el centro de la plaza un sill\u00f3n presidencial vac\u00edo, circundado por un hemiciclo jalonado de diversas inscripciones. En bronce, custodiando ambos flancos se encuentran las figuras ecuestres de la guerra y la paz. En la c\u00faspide, sobre un pilar de 32 metros, cuatro figuras aleg\u00f3ricas sostienen el c\u00f3digo de la Constituci\u00f3n, representada como un libro abierto. A sus pies, s\u00edmbolo de la Constituci\u00f3n, una matrona vestida con larga t\u00fanica, en cuya diestra sostiene la ley escrita y a siniestra una espada. A sus costados, respectivamente a derecha e izquierda 2 grupos escult\u00f3ricos representan a la ciudadan\u00eda y a la Espa\u00f1a agr\u00edcola, as\u00ed como, con igual correspondencia los autorrelieves conmemoran La Junta de C\u00e1diz en 1810 y la Jura de la Constituci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Foto: Gtres<br>En 1810, las Cortes decretaron la libertad de imprenta, y el final de la censura dio paso a acaloradas discusiones en caf\u00e9s y tertulias<\/p>\n\n\n\n<p>Entre los diputados se formaron enseguida dos grandes grupos ideol\u00f3gicos: los partidarios del absolutismo y del viejo orden tradicional, llamados por sus enemigos \u00abserviles\u00bb \u2013diputados como Blas de Estolaza y L\u00e1zaro de Dou\u2013 y los liberales, partidarios de reformar la sociedad del Antiguo R\u00e9gimen, representados por pol\u00edticos brillantes como Agust\u00edn Arg\u00fcelles, Diego Mu\u00f1oz Torrero, el conde de Toreno y Jos\u00e9 Mar\u00eda Calatrava. En realidad fueron estos \u00faltimos, los liberales, quienes llevaron la voz cantante, ayudados por el ambiente que se viv\u00eda en C\u00e1diz, que se hab\u00eda convertido en un aut\u00e9ntico hervidero de liberales. Incluso la mayor\u00eda del clero regular de C\u00e1diz fue liberal porque estuvo pr\u00f3ximo a planteamientos igualitaristas, de apoyo a los d\u00e9biles y de lucha contra los privilegios.<\/p>\n\n\n\n<p>ADI\u00d3S A LA INQUISICI\u00d3N, VIVA LA LIBERTAD<br>La prensa jug\u00f3 tambi\u00e9n a favor de los liberales. El 10 de noviembre de 1810, las Cortes decretaron la libertad de imprenta, suprimiendo la censura previa de las obras pol\u00edticas. Despu\u00e9s de a\u00f1os de censura y prohibici\u00f3n exist\u00eda la posibilidad de opinar libremente. Los debates se hicieron p\u00fablicos, surgieron tertulias, y se multiplicaron los peri\u00f3dicos y las publicaciones; entre los liberales destacaron el Conciso, el Semanario Patri\u00f3tico o El Robespierre Espa\u00f1ol. La oposici\u00f3n absolutista, que tambi\u00e9n contaba con sus medios, se encontraba en clara desventaja frente a los defensores de la transformaci\u00f3n liberal del Estado.<\/p>\n\n\n\n<p>Los caf\u00e9s se convirtieron en nuevos espacios de sociabilidad y debate de ideas. Los asistentes al caf\u00e9 de Cadenas o al Le\u00f3n de Oro, entre otros, se enzarzaban en apasionadas pol\u00e9micas a partir de la lectura de las cr\u00f3nicas de las sesiones de Cortes que publicaba el Semanario Patri\u00f3tico. Mientras, la juventud gaditana, enardecida por los discursos y las soflamas, se alistaba en los diversos batallones de voluntarios que se formaron, como el de los \u00ablechuguinos\u00bb, llamado as\u00ed por emplear el color verde en su indumentaria, aunque tambi\u00e9n se atribuy\u00f3 a que la mayor\u00eda pertenec\u00edan a los barrios de Puerta de Tierra y Extramuros, donde se cultivaban lechugas.<\/p>\n\n\n\n<p>Constituci\u00f3n de 1812<br>Edici\u00f3n del texto en discos de papel. Museo Hist\u00f3rico Municipal de Cadiz<\/p>\n\n\n\n<p>Foto: Gtres<br>La labor legislativa de las Cortes de C\u00e1diz fue enorme. Muchos decretos tuvieron por objetivo abolir las instituciones del Antiguo R\u00e9gimen, como el r\u00e9gimen se\u00f1orial de propiedad de la tierra (liquidado el 6 de agosto de 1811), la Inquisici\u00f3n o las pruebas de nobleza. Tambi\u00e9n suprimieron las instituciones de control econ\u00f3mico o social o que coartaran la libertad individual, como los gremios.<\/p>\n\n\n\n<p>En 1813, tras apasionados debates, las Cortes acordaron suprimir el tribunal de la Inquisici\u00f3n, en el que se ve\u00eda un enemigo de la libertad<\/p>\n\n\n\n<p>El debate en torno a la Inquisici\u00f3n levant\u00f3 aut\u00e9nticas pasiones. Los liberales, imbuidos por las ideas de ilustrados y enciclopedistas del siglo ve\u00edan en el tribunal un enemigo de la tolerancia y la libertad. Se publicaron numerosos escritos para demandar la abolici\u00f3n del Santo Oficio, como el del liberal catal\u00e1n Antonio Puigblanch, que bajo el seud\u00f3nimo de Natanael Jomtob public\u00f3 La Inquisici\u00f3n sin m\u00e1scara, o Disertaci\u00f3n en que se prueban hasta la evidencia los vicios de este tribunal y la necesidad de que se suprima (1811). Puigblanch era partidario de acabar totalmente con la Inquisici\u00f3n: \u00abCuando trato de destruir la Inquisici\u00f3n por sus cimientos, entiendo cumplir con uno de los principales deberes, que imponen a todo ciudadano la humanidad y religi\u00f3n juntas ofendidas atrozmente, y por una serie dilatada de siglos en este tribunal\u00bb.<\/p>\n\n\n\n<p>El 22 de febrero de 1813, la Inquisici\u00f3n fue declarada \u00abincompatible con la constituci\u00f3n pol\u00edtica de la monarqu\u00eda\u00bb y, al d\u00eda siguiente, la Regencia del reino suprim\u00eda el Tribunal, que era sustituido por los tribunales de la fe. El conde de Toreno considerar\u00eda que la abolici\u00f3n del Santo Oficio fue uno de los grandes logros de las Cortes de C\u00e1diz: \u00abInmarcesible gloria adquirieron por haber derribado a \u00e9ste las Cortes extraordinarias congregadas en C\u00e1diz. Paso previo era su abolici\u00f3n a toda reforma fundamental en Espa\u00f1a, resultando, si no, infructuosos cuantos esfuerzos se hiciesen para difundir las luces y adelantar en la civilizaci\u00f3n moderna\u00bb. La Inquisici\u00f3n tambi\u00e9n tuvo sus apologistas, como el padre Francisco Alvarado, \u00abel Fil\u00f3sofo Rancio\u00bb. Sin embargo, fueron los liberales los que impusieron sus tesis.<\/p>\n\n\n\n<p>TODO EL PODER PARA LAS CORTES<br>La ley de mayor trascendencia que aprobaron las Cortes de C\u00e1diz fue la Constituci\u00f3n, base de la reforma de todo el entramado jur\u00eddico y pol\u00edtico absolutista. El texto establec\u00eda un modelo liberal de Estado, basado en la divisi\u00f3n de poderes: el monarca se encargaba del gobierno y la administraci\u00f3n; la potestad de hacer las leyes resid\u00eda en las Cortes, aunque el rey deb\u00eda sancionarlas y pod\u00eda vetarlas durante dos a\u00f1os; mientras que los tribunales de justicia eran los responsables de aplicar la ley. Se trataba de un sistema muy avanzado para la \u00e9poca y de hecho se convertir\u00eda en modelo de otras revoluciones liberales.<\/p>\n\n\n\n<p>Promulgaci\u00f3n de la Constituci\u00f3n de 1812 en C\u00e1diz<br>Azulejos en la plaza de Espa\u00f1a en Sevilla.<\/p>\n\n\n\n<p>Foto: Gtres<br>Tras su regreso a Espa\u00f1a, el rey Fernando VII declar\u00f3 nula la Constituci\u00f3n y todos los decretos promulgados por las Cortes<\/p>\n\n\n\n<p>El texto definitivo de la Constituci\u00f3n fue promulgado el 19 de marzo de 1812, d\u00eda de San Jos\u00e9; de ah\u00ed el nombre popular de \u00abla Pepa\u00bb que m\u00e1s tarde se le dar\u00eda. A pesar de la lluvia y de la proximidad del ej\u00e9rcito franc\u00e9s, ese d\u00eda las muestras de j\u00fabilo fueron generales y los cronistas cuentan que se o\u00edan v\u00edtores y aplausos por toda la ciudad.<\/p>\n\n\n\n<p>Los diputados marcharon en una comitiva, entre las aclamaciones y las canciones patri\u00f3ticas de la poblaci\u00f3n. Para perpetuar el recuerdo de la jornada se acu\u00f1aron medallas y se improvisaron composiciones po\u00e9ticas. La noticia corri\u00f3 como un reguero de p\u00f3lvora por toda Espa\u00f1a y las provincias se fueron sumando a la celebraci\u00f3n en la medida en que lo permit\u00eda la ocupaci\u00f3n francesa.<\/p>\n\n\n\n<p>EL DESQUITE DE LOS REACCIONARIOS<br>En 1814, la retirada de los franceses llen\u00f3 de esperanzas a los patriotas de C\u00e1diz. Los diputados se trasladaron a Madrid, con la esperanza de que el r\u00e9gimen que hab\u00edan fraguado en C\u00e1diz se consolidar\u00eda en un pa\u00eds liberado y pacificado. Pero el triunfo se convirti\u00f3 para todos ellos en una pesadilla. Al volver a Espa\u00f1a, el rey Fernando VII firm\u00f3 en Valencia un decreto en el que comunicaba que no solamente no juraba ni aceptaba la Constituci\u00f3n ni ning\u00fan decreto de las Cortes, sino que declaraba aquella Constituci\u00f3n y aquellos decretos nulos y de ning\u00fan valor ni efecto, \u00abcomo si no hubiesen pasado jam\u00e1s tales actos y se quitasen de en medio del tiempo\u00bb. El 11 de mayo, los diputados recibieron la orden de disoluci\u00f3n, mientras los partidarios del rey recorr\u00edan las calles de Madrid al grito de \u00ab\u00a1Viva la Religi\u00f3n!, \u00a1abajo las Cortes!, \u00a1viva Fernando VII!, \u00a1viva la Inquisici\u00f3n!\u00bb Empezaba la reacci\u00f3n absolutista.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>\u00a1viva la pepa! 1812, las cortes de c\u00e1diz y la primera constituci\u00f3n espa\u00f1olaCon casi toda la Pen\u00ednsula ocupada por Napole\u00f3n, y bajo las bombas de los franceses, se celebraron en C\u00e1diz unas Cortes destinadas a cambiar el rumbo de la historia de Espa\u00f1aNapole\u00f3n Monarqu\u00eda BorbonesGuardar\u00a1Viva la Pepa!\u00ab\u00a1Viva la Pepa!\u00bb Este \u00f3leo de Salvador Viniegra, pintado [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[7],"tags":[],"class_list":["post-664","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-ambiental"],"aioseo_notices":[],"_links":{"self":[{"href":"http:\/\/menendez.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/664","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"http:\/\/menendez.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"http:\/\/menendez.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/menendez.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/menendez.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=664"}],"version-history":[{"count":1,"href":"http:\/\/menendez.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/664\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":665,"href":"http:\/\/menendez.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/664\/revisions\/665"}],"wp:attachment":[{"href":"http:\/\/menendez.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=664"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"http:\/\/menendez.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=664"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"http:\/\/menendez.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=664"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}